¿Y a la IVE? ¿Qué dice la ley?

En relación con los tratamientos anticonceptivos, que no suelen suponer riesgo para la menor sana, la normativa dice lo siguiente:

– Las mujeres de 16 y 17 años:
Se deben tratar como mayores de edad cuando solicitan un método anticonceptivo, por lo tanto, no es necesario el consentimiento de sus representantes legales.

– Las mujeres de menos de 12 años:
Precisan la autorización de sus representantes legales.

– Las mujeres entre 12 y 16 años:
Es necesario contar con el consentimiento de padres/tutores para someterse a tratamientos médicos, excepto cuando se trata de una “menor madura”, en cuyo caso, puede no ser necesario el consentimiento de sus representantes legales e incluso pueden imponer su criterio.

El grado de madurez de la menor entre 12 y 16 años se valora teniendo en cuenta su desarrollo evolutivo y su capacidad intelectual y emocional para comprender la información que proporciona el/la profesional sanitaria sobre el tratamiento.

Una vez cumplidos los 12 años, la menor valorada como “madura” por medico/a que prescribe el anticonceptivo, tiene el derecho a ser escuchada, a la confidencialidad y a decidir de forma autónoma e independiente sobre el tratamiento sin necesidad de autorización.

Cuando se considera que la menor entre 12 y 16 años no tiene suficiente madurez para tomar decisiones, necesita autorización de sus representantes legales para someterse a tratamientos anticonceptivos.

La adolescente que solicita un método anticonceptivo para evitar un embarazo no deseado está haciendo un ejercicio de responsabilidad y madurez, necesita una atención respetuosa y facilitarle el ejercicio responsable de su autonomía.

 

¿Y en la IVE?

La mayoría de edad sanitaria en España se establece a los 16 años con las siguientes excepciones:

  • – La interrupción voluntaria del embarazo
  • – La práctica de ensayos clínicos
  • – Técnicas de reproducción humana asistida
  • – Actuaciones de grave riesgo para la menor

En estos casos, las mujeres menores de 18 años necesitan complementar su capacidad de obrar con el consentimiento de padres/representantes legales por representación. Por tanto, las mujeres menores de 18 años necesitan la autorización de padre, madre o tutor en el caso de una interrupción de embarazo.

 

Para más información, te puedes poner en contacto con Ginealmería bien directamente acudiendo a nuestro centro, situado en la calle Artés de Arcos 4, (Galería), bien vía telefónica en el 950276701 o en el 609692669 o vía email en info@ginealmeria.com.

 

María Ramos Muñoz.
Trabajadora social de clínica Ginealmería.

 

 

Sobre Ginealmeria

Somos un equipo de profesionales especializados en la atención integral de la mujer con más de 25 años de experiencia. Expertos en interrupción de embarazo y sus técnicas específicas. Te ofrecemos los últimos métodos anticonceptivos, control de embarazo, vasectomía, himenoplastia, etc. Nuestra filosofía es que la mujer se sienta a gusto y bien atendida conjugando la técnica y la cordialidad en el trato.

Escribir una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.