Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
ENUNCIADOS DE LA LEY
UNA LEY DE PLAZOS Y DE INDICACIONES
Aborto libre hasta las 14 semanas de gestación.
Indicaciones desde el inicio de la gestación hasta la semana 22 de la misma. La mujer podrá interrumpir su embarazo en caso de grave riesgo para su vida o salud, o si el feto sufre graves anomalías. La salud es definida como BIENESTAR FISICO-PSIQUICO Y SOCIAL.
Tras la semana 22 de gestación, si el feto sufre una enfermedad incurable ó incompatible con la vida. Lo decide un comité clínico.
La reforma de febrero de 2023 reconoce a las mujeres de dieciséis y diecisiete años el derecho a decidir libremente y sin tutelas sobre su gestación.
Elimina los tres días de reflexión previa a la IVE, así como, la información obligatoria para las mujeres que desean ejercer su derecho al aborto.
Todos los centros acreditados, públicos, concertados o privados tendrán que ofrecer todos los métodos IVE, instrumentales o farmacológicos, para que la mujer pueda elegir de manera informada el método más acorde con su situación médica y personal.
Reconoce a la mujer su derecho a recurrir por vía judicial en el caso de que el Comité clínico no confirmase el diagnóstico.
Tras la semana 22 de gestación, si el feto sufre una enfermedad incurable ó incompatible con la vida. Lo decide un comité clínico.
La ley también dice que se debe garantizar el acceso universal a la anticoncepción y que la formación sobre sexualidad sea una asignatura obligatoria.