En España el aborto es legal y seguro con una legislación de las más progresistas de Europa, que permite que la mujer interrumpa libremente su embarazo hasta la semana 14. Con fácil accesibilidad, como evidencia que de las 99.149 mujeres que abortaron en 2019 según datos publicados por el Ministerio de Sanidad, en el 93% de los casos lo realizaron antes de la semana 14 y el 70% antes de la semana 8 de embarazo y con unos índices de morbi-mortalidad cercano a cero.
Actualmente estamos asistiendo a un debate, que silencia esta realidad, un debate que niega la mayor diciendo que el “derecho al aborto no está garantizado en nuestro país” y digo esto porque los datos del ministerio así lo evidencian.
Desde el año 85, grupos de profesionales comprometidos con la salud sexual y reproductiva de las mujeres, trataron de incorporar esta prestación sanitaria directamente en la sanidad pública, pero la objeción de conciencia profesional que no ética, la falta de formación y el estigma, y en aquel momento la inseguridad jurídica, impidieron esta integración y crean una red de clínicas concertadas con la sanidad pública que garantizan el acceso a la IVE, con calidad, gratuidad y seguridad sanitaria y respetando el derecho de la mujer no sólo ha decidir sobre su maternidad sino sobre el método de IVE.
¿Hay que mejorar la accesibilidad?
No me cabe la menor duda de que hay que evitar los desplazamientos, pero también tengo claro que esa mejora no se puede realizar a costa de la calidad, como ya está ocurriendo en algunas comunidades autónomas, dónde solo realizan la técnica farmacológica. Porque, aunque me parece legítimo el objetivo de que el aborto provocado se realice directamente en la sanidad pública, se está olvidando:
- Que la IVE tiene sus técnicas específicas y que todos los profesionales tienen que estas formados en ellas. Como ocurre en los centros especializados.
- Que la dicotomía entre técnicas instrumentales y farmacológicas es una falsa dicotomía. Ambas técnicas son complementarias y deben de ir de la mano por seguridad sanitaria.
- Porque ningún objetivo puede justificar, limitar la libertad de elección de los tratamientos médicos, por respeto a la autonomía de la mujer
- La mujer debe poder elegir el método más acorde con su situación médica y personal.
Por eso entiendo que, si bien es necesario cumplir la ley en lo referente a la objeción de conciencia, también entiendo que junto a ello es necesario cumplirla en relación con la formación de los profesionales.
En este 28 de septiembre, los equipos sanitarios de Ginealmeria y Ginegranada, reivindicamos: Un aborto de calidad y respetuoso con la decisión de la mujer. Sólo sería necesario cumplir la ley.
“La práctica sanitaria de aborto provocado debería realizarse por profesionales integrados/as en unidades especificas multidisciplinares, formados en todas las técnicas, que respalden este tratamiento médico y que apoyen a la mujer en su decisión”.
También es necesario y urgente restituir a las mujeres de 16 y 17 el derecho a decidir libremente sobre su maternidad.
María Ramos Muñoz. Trabajadora social.
Dra. Francisca García Gallego. Directora médica.