El aborto, entendido como la interrupción intencional-voluntaria del embarazo es, dependiendo del orden jurídico vigente, una conducta PUNIBLE O NO PUNIBLE, según determinadas circunstancias.
Por lo tanto depende del país, sus gestores políticos, su voluntad política, la libertad de conciencia, es considerado un delito penalizado en cualquier circunstancia, o un derecho de la mujer. En ciertos países, siendo un delito se mantiene despenalizado en ciertos casos. (abortos “tutelados”, la mujer lo puede solicitar, pero depende de un informe de terceros, para poder llevarlo a la práctica).
En la actualidad, la legislación en la mayor parte del mundo contempla la despenalización del aborto, siguiendo la recomendación de la O.M.S y el Concejo de Europa.
Existen países que quieren proteger al embrión desde la concepción, algo que se debe considerar como expectativa de vida, con sus derechos en expectativa, que podrán ser derechos consolidados y adquiridos al nacer y ser considerada persona (en algún país es a partir de las 24 hs).
La RESOLUCION TECNICA Nº 461 de la O.M.S. define al aborto como “la interrupción de la gestación antes de la viabilidad fetal y ésta, a las 24 semanas de gestación. Antes de las 24 semanas la mortalidad de los nacidos es de aproximadamente del 70 %, y la afectación de los que sobreviven es de cerca de un 50 % en su desarrollo cognitivo (Narberthaus A.Segarra D. 2004).
Hay intento de legisladores que superan las fantasías y realidades in-imaginables que puedan existir en pleno siglo XXI.
Como la Comunidad Valenciana (ESPAÑA)-2.010- gobernada por el partido conservador, quiere ofrecer los mismos derechos y beneficios sociales del NIÑO NACIDO al EMBRION, y solo bastaría que la mujer presente una análisis positivo de embarazo ¿?. Por otro lado a la mujer que acude a solicitar un aborto provocado, entregarle para su “periodo de reflexión” una ecografía para que observe cómo es su embrión, ¿ayuda, apoyo o tortura?, en mi opinión rayaría con el sadismo. En EEUU, en los estados de Florida y Dakota, antes de abortar “torturan” a la mujer haciéndoles escuchar los latidos del feto.
La Comunidad de Navarra, (ESPAÑA) cuna del OPUS DEI, donde sus gobernantes, gestionan bajo su ideología personal, (haz lo que yo digo, no lo que yo pueda hacer) y bajo el amparo de que TODOS los profesionales son objetores de conciencia, fomentan el “turismo” del aborto de la mujer a otras Comunidades, que ellos mismo financian y en contra de una Ley Nacional sobre el aborto (2.010). (Existiendo declaraciones de profesionales navarros que NO se declaran objetores.)
En el SIGLO XIX se terminó con la pena de muerte por aborto provocado, y en el siglo pasado sufrió grandes cambios socio-sanitarios llegando a la despenalización o a ser una Ley de derecho de la mujer.
(DATOS obtenidos de: Abortion Policies (Naciones Unidas), International Family Planning, Lancet, O.M.S. y Reproductiveright.org, 2003).